Las que son el resultado de la exacta aplicación de una ley que no pugna con la Constitución, no pueden fundar la concesión de un amparo.
Amparo administrativo en revisión. Rocha Jesús M. y coagraviados. 15 de marzo de 1918. Mayoría de siete votos. Ausentes: Enrique García Parra, Enrique M. de los Ríos y Manuel E. Cruz. Disidente: Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.