Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 2901
Clave: I-J-72
Época: Primera Época
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 25/10/1938 00:00
ARTÍCULO 38, INCISOS C). y D). DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
SOBRE LA RENTA.- Para probar las circunstancias a que se refieren, debe presentar el causante las constancias que la acrediten de una manera fehaciente, y que inclusive puedan ser documentos públicos, acerca de que se iniciaron y agotaron los procedimientos de cobro de la deuda sin obtener el pago, o bien dictamen pericial de que nuevos procedimientos significarían un gasto mayor que el saldo de la misma deuda. Resolución del pleno de 25 de octubre de 1938. Contradicción planteada por la Secretaría de Hacienda en relación con las tesis sustentadas en las sentencias pronunciadas en los juicios 4528/37, 24543/37, 23931/37 y 20765/37.NOTA: ESTA TESIS SE HA PUBLICADO EN COMPILACIONES ANTERIORES CON LA CLAVE I-J-36
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 2964(Compilación) R.T.F.F.