Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 2917
Clave: I-TS-2815
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Decreto de 29 de agosto de 1936 que reformó el de 29 de diciembre de 1924, relativo al impuesto del 10% sobre entradas brutas de los Ferrocarriles. Arts. 7º y 8º de la Ley de Percepciones Fiscales de la Federación.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 04/08/1938 00:00
DECRETO DE 29 DE AGOSTO DE 1936 QUE REFORMÓ EL DE 29 DE DICIEMBRE DE 1924 RELATIVO AL IMPUESTO SOBRE ENTRADAS BRUTAS DE LOS FERROCARRILES
1924 RELATIVO AL IMPUESTO SOBRE ENTRADAS BRUTAS DE LOS FERROCARRILES.- El término de 25 días a que alude en su artículo 2° debe computarse por días hábiles, ya que por la expresión empleada, se encuentra comprendido dentro de la hipótesis del artículo 7º de la Ley de Percepciones Fiscales de la Federación. Expediente Número 2332/938. Productores Laguneros de Semillas de Algodón, S.A., Vs. Oficina de Impuestos Especiales. México, D.F., agosto 4 de 1938. Resolución definitiva de la 2ª Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 2988