Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2939
Clave: I-TS-2837
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Arts. 22 fracc. III de la Ley del Impuesto sobre Expendio de Bebidas Alcohólicas.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 10/08/1938 00:00
ALCOHÓLICAS.- Atento el procedimiento establecido para la misma, cuando se realiza por las Oficinas Federales de Hacienda, Oficina de Alcoholes y Secretaría de Hacienda, con apoyo en lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre Expendio de Bebidas Alcohólicas es admisible la aplicación retroactiva de dichas calificaciones.
Expediente Número 2287/938. Lorenzo Lapuente y Compañía Vs. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. México, D.F., agosto 10 de 1938. Resolución definitiva de la 2ª Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 2998