Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 2963
Clave: I-TS-2861
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 20/08/1938 00:00
BONOS DE CAMINOS
Si como consecuencia de las operaciones de un causante, éste se ve obligado a recibir en pago de bienes que enajena, bonos de la índole de los indicados en el título de esta tesis, no puede legalmente estimarse corno ingresado en su patrimonio el valor nominal que representen dichos bonos, sino que debe tomarse en cuenta el valor en el mercado, en la fecha en que se obtuvieron; sobre este particular, en el caso de que no se acompañe prueba ante la Junta Calificadora del Impuesto sobre la Renta, deberá concederse al causante un término prudente para que demuestre la necesidad que tuvo de recibir en pago de precio los bonos en cuestión y el valor real de éstos. Expediente Número 1201/938. Compañía Mexicana de Explosivos, S.A., contra Junta Calificadora del Impuesto sobre la Renta en el Distrito Federal. México, D.F., agosto 20 de 1938. Resolución definitiva de la Primera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 3007