Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 20/08/1938
Tesis
Registro digital: 2968
Clave: I-TS-2866
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Artículo 7º de la Ley del Impuesto sobre Ausentismo y artículos 14 y 15 de su Reglamento, artículo 1º transitorio del decreto de 9 de junio de 1937; artículo 21 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre Ausentismo; artículo 13 transitorio, fracción IX del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre Ausentismo ya citado, fracción VIII del propio concepto, artículo 9º, fracción V del mismo ordenamiento.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 20/08/1938 00:00
MÉTALES ENVIADOS AL EXTRANJERO
Para determinar la cuantía de la inversión en el extranjero constituida por este hecho, debe tenerse en cuenta el precio del metal ya afinado, o lo que es lo mismo, aplicar al producto exportado el valor a que se vende fuera del país, una vez sometido al procedimiento de depuración, admitiendo sí la deducción de las cantidades erogadas en el extranjero por concepto de gastos de tratamiento. Expediente Número 1905/938. Compañía del Boleo, S.A., contra Oficina del Impuesto sobre la Renta y Oficina Federal de Hacienda en La Paz, B.C. México, D.F., agosto 20 de 1938. Resolución definitiva de la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 3009