Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2980
Clave: I-TS-2878
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1938 00:00
Para que una persona se encuentre comprendida en el caso de excepción a que se refiere el último párrafo de dicho precepto, es menester que los productos derivados de la explotación industrial que se le asignen, tengan el carácter de utilidad, o lo que es lo mismo resulte de restar los gastos, de los ingresos obtenidos en la efectiva operación de sus actividades, por lo que no tiene este carácter la percepción que se estipula, con referencia a la cantidad producida y sin tener en cuenta las erogaciones requeridas para la explotación.
Expediente Número 20101/937. Mexican Gulf Oil Company y The American International Fuel and Petroleum Company, contra Oficina del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., agosto 27 de 1938. Resolución definitiva de la Primera. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 3014