Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 26/09/1938
Tesis
Registro digital: 3054
Clave: I-TS-2952
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Artículo 12 de Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta y artículo 50,fracción XIII, 51, fracción XI y 52 de la ley, artículo 181 del Reglamento de la Ley General del Timbre.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 26/09/1938 00:00
INFORMES DE LOS INSPECTORES FISCALES
La circunstancia de que el mismo se contraiga a una visita que se haya prolongado sin conocimiento y consentimiento del propietario de la negociación y su representante, fuera de las horas normales de trabajo, no puede traer como consecuencia la nulidad del mismo, sino tan sólo una responsabilidad para el inspector por haber dejando de observar determinado precepto que tenía la obligación de acatar, responsabilidad que debe ser precisada y determinada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como se desprende claramente de lo preceptuado en el artículo 181 del Reglamento de la Ley General del Timbre. Expediente Número 3574/938. Saab J. Razu contra Junta Calificadora del Impuesto sobre la Renta en Mérida, Yuc. México, D.F., septiembre 26 de 1938. Resolución definitiva de la Cuarta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 3048