Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 3137
Clave: I-TS-3035
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Art. 41 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 123 fracción II de su Reglamento; Art. 30 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y :fracciones A, B y D y del artículo 21 Capítulo Tercero de la Ley de Crédito Popular, Art. 26 del propio ordenamiento, Ley de 22 de julio de 1938; que creó el Banco Nacional Obrero de Fomento Industrial; Arts. 12 especialmente la fracción III del Inciso I y 21 de la propia Ley de Crédito Popular, fracción VI del artículo 12 del mismo ordenamiento, y Art. 27 de la Ley General de Instituciones de Crédito.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1938 00:00
Desde el momento en que se emite, concediendo un nuevo plazo, a una persona que se estima causante, para que cumpla con las obligaciones que se estiman a su cargo, se constituye un nuevo acto que seguramente revive las acciones que la Ley da a los particulares, para evitar que se conculquen los derechos que les asistan.
Expediente Número 24421/937. Banco Nacional Obrero de Fomento Industrial contra Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Junta Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., noviembre 1° de 1938. Resolución definitiva de la Primera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 3091