Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 3182
Clave: I-TS-3080
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Artículo 43 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre Ausentismo; artículos 3º, 6º y 7º de la Ley del Impuesto sobre Ausentismo, artículo 13 de su Reglamento, artículo 31 de la ley, artículos 43 y 10 del Reglamento, artículo 13, fracción II y 21, fracción I de la ley precitada; artículo 44 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre Ausentismo; artículo 55 de la Ley de Justicia Fiscal.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 12/11/1938 00:00
IMPUESTO SOBRE AUSENTISMO
La exención a la obligación de pagarlo, en la hipótesis del artículo 13 de su Reglamento, está condicionada por la circunstancia de que se presente oportunamente la declaración a que se refiere el artículo 43 del propio Reglamento; y si bien, hay que tener en cuenta que al determinar dicho artículo que, la declaración de que se trata debe presentarse a más tardar el día en que se considera legalmente efectuada la inversión, con los datos a que el propio precepto se refiere, se establece claramente un término, como lo reconoce la propia Secretaría de Hacienda, dado el sentido de la expresión, "a más tardar", aun cuando ese término sea mínimo, y una interpretación equitativa de dicho artículo que responda a la más elemental exigencia de la equidad, debe declarar, que por día deben entenderse las veinticuatro horas siguientes al momento en que la inversión sea hecha, lo que no causa perjuicio jurídico de ningún género al Fisco, pues no se ve qué interés pueda tener en conocer que la inversión ha sido hecha inmediatamente después de que ella se efectuó, y toda vez que, aun en ese supuesto no podría cumplir el causante con tal obligación en muchos casos. Expediente Número 136/938. De la Mora y Garza contra Oficina de Impuestos sobre la Renta de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. México, D.F., noviembre 12 de 1938. Resolución definitiva de la Primera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 3112