Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 3185
Clave: I-TS-3083
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Art. 28 fracción XI del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la renta de 1925.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/1938 00:00
Para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta no pueden considerarse como tales el simple derecho a cobrar determinada cantidad de dinero, pues el impuesto que grava dicho ingreso es algo efectivo, que debe salir de la misma cantidad percibida.
Expediente Número 4394/938. Fomento y Urbanización, S.A., contra Oficina Federal de Hacienda número 4 y Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., noviembre 15 de 1938. Resolución definitiva de la Cuarta Sala.(Análoga a la tesis "Ingresos" sustentada en el expediente número 1641/938.- Cemento Mixcoac, S.A., contra Oficina de Impuestos Especiales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- México, D.F., Julio 22/938.)
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 3114