Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 3187
Clave: I-TS-3085
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Arts. 13 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 48 de la Ley.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 15/11/1938 00:00
Deben conservarse por un periodo de cinco años posteriores a la fecha de clausura de su negociación, atento lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamentó de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en relación con el artículo 48 de la Ley, por lo que si no se exhiben por el causante respectivo al ser requerido debidamente para ello, se incurre en la sanción correspondiente.
Expediente Número 4619/938. Pascual Alcocer contra Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Oficina Federal de Hacienda en Querétaro, Qro. México, D.F., noviembre 15 de 1938. Resolución definitiva de la Cuarta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 3115