Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 01/12/1938
Tesis
Registro digital: 3189
Clave: I-TS-3087
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Art. 38 fracción VI del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta; Art. 41 de la Ley del Impuesto sobre la Renta en relación con el 123 fracción II de su Reglamento; Art. 38 fracción V párrafo tercero del Reglamento de la Ley del impuesto sobre la Renta.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/1938 00:00
DEDUCCIONES
Las erogaciones que se hagan para ayuda y fomento de las cooperativas constituidas entre los trabajadores del causante, de cualquier naturaleza que éstas sean, significan actividades tendientes a asegurar la defensa de sus intereses económicos y a elevar el nivel de vida de dichos trabajadores, siendo garantía de una mejor condición de vida, lo que determina la característica de previsión social de todo gasto tendiente a esas finalidades, y consiguientemente deducible en los términos de la fracción VI del artículo 38 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Expediente Número 1688/938. Compañía Cerro del Mercado, S.A., contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., noviembre 16 de 1938. Resolución definitiva de la Tercera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 3116