Cuando la Junta responsable haciendo caso omiso del principio de adquisición que es aplicable en todo el procedimiento contencioso, omite analizar pruebas ofrecidas por la demandada que pueden beneficiar a la otra, viola garantías, puesto que tiene la obligación de hacer el estudio pormenorizado de todas y cada una de las aportadas dentro del procedimiento laboral.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Amparo directo 174/85. Abraham López Silvan. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretaria: Nora María Ramírez Pérez.