Si no comprueba su idoneidad, ni la libertad de gravámenes de sus propiedades, ni otorga la fianza en los términos prevenidos por la ley, su rechazamiento no causa agravio alguno.
Queja en amparo civil. Palomares Jesús, sucesión de. 24 de octubre de 1923. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.