Si el reo se acoge al beneficio de conmutación que le fue concedido en la sentencia dictada en el proceso, pagando la multa correspondiente y repara el daño causado, tales actos implican el consentimiento de la propia sentencia que actualiza la causa de improcedencia a que se contrae la fracción XI del artículo 73 de la Ley de Amparo, que obliga a disponer sobreseimiento en el juicio de garantías.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Amparo directo 771/90. Mario Salvador y Guillermo García Argüelles y Lorenzo García Flores. 11 de diciembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretario: Juan Sosa Jiménez.