Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 222161
Época: Octava Época
Materia(s): Común
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/01/1900 00:00
PRUEBA DOCUMENTAL PUBLICA, LA FALTA DE DESAHOGO DE LA, EN LA AUDIENCIA INCIDENTAL, PRODUCE LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.

Si el a quo omitió desahogar en la audiencia incidental, la prueba documental pública exhibida materialmente por el quejoso, ello se traduce en dejar a la parte recurrente en estado de indefensión, ya que existe la posibilidad de que dicha prueba influya en la sentencia interlocutoria que se dicte, por lo que procede, en el caso de que se trata, revocar la interlocutoria impugnada y disponer la reposición del procedimiento en el incidente, para el efecto de que el juez de Distrito ordene desahogar la prueba omitida, haciendo uso de las medidas legales pertinentes, y en su oportunidad, dicte la resolución que corresponda.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

Incidente en revisión 245/91. José Guadalupe Soto de Anda. 26 de junio de 199. Unanimidad de votos. Ponente: Oscar Vázquez Marín. Secretario: Ernesto Antonio Martínez Barba.