El recurso de revisión procede contra los autos que conceden, revocan o niegan la suspensión, pero no contra los que se niegan a revocar la concedida, de donde resulta que contra estos procede la queja.
Queja en amparo civil 106/28. Valenzuela Arturo J. 22 de octubre de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XXIII, página 383. Queja en amparo civil. Romero Onofre. 18 de junio de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.