Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 217403
Época: Octava Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/01/1992 00:00
RESOLUCION LABORAL. LA FALTA DE CITA DE PRECEPTOS LEGALES ES INTRASCENDENTE SI SU SENTIDO ES CORRECTO.

Cuando los actos reclamados constituyen resoluciones laborales que deciden algún punto litigioso, y la autoridad responsable, al emitir la correspondiente, resuelve con acierto, el que omita citar los preceptos legales en que apoya su decisión, carece de trascendencia, si del estudio y conclusión a que se arribó en la misma, se advierte que es jurídicamente correcta, porque sus razonamientos y la decisión tomada se apegan a las normas conducentes para la justa solución del caso.


TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

Amparo en revisión 53/92. Maura Estefanía Palomera García. 11 de noviembre 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretaria: Esperanza Guadalupe Farías Flores.