No afecta la buena fe del ofrecimiento del trabajo, la circunstancia de que la demandada se niegue a reinstalar a la actora, si ésta previamente en la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, rechaza la oportunidad que el patrón le brinda para que la relación de trabajo continúe.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo directo 801/92. Rosario Flores Alvarez. 30 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretario: Ma. Guadalupe Villegas Gómez.