Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 218998
Época: Octava Época
Materia(s): Penal
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 04/02/1992 00:00
SALUD DELITO CONTRA LA, EN LA MODALIDAD DE POSESION DE COCAINA, ES VIOLATORIA DE GARANTIAS LA RESOLUCION QUE CONDENA POR DICHO DELITO, CUANDO NO EXISTE PRUEBA FEHACIENTE DE LA SUBSTANCIA.

Es violatoria de garantías la resolución que condena por el delito contra la salud en la modalidad de posesión de cocaína, si en autos no existe prueba fehaciente de la existencia del alcaloide mencionado, y mucho menos que dicha substancia fuese realmente cocaína, toda vez que, a diferencia de otras drogas como la marihuana, por ejemplo, este tipo de substancia no es fácilmente identificable, pues además de ser menos conocida, pueden existir otras que sin ser droga tengan características similares, lo que hace indispensable el requisito del dictamen que especifique el tipo de enervante que resulte de la substancia examinada.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Amparo directo 331/91. Víctor Murrieta Morales. 4 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Santacruz Fernández. Secretario: Humberto Bernal Escalante.