Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 219246
Época: Octava Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 31/01/1992 00:00
ACCION REIVINDICATORIA, PARA ACREDITAR LA IDENTIDAD DEL BIEN INMUEBLE OBJETO DE LA, LA PRUEBA IDONEA ES LA PERICIAL.

La confesión que la demandada hace al contestar la demanda, de admitir tener la posesión derivada del bien inmueble objeto de la reivindicación no es la prueba idónea para su justa y precisa identificación porque la identidad de la cosa reclamada sólo pueden hacerla válidamente los ingenieros peritos, con base en los títulos de propiedad y esto es así, porque el juzgador, en precisos casos, tiene que acudir al auxilio de conocimientos técnicos y científicos que le permitan una justa apreciación de los hechos controvertidos.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.

Amparo directo 624/91. Luz del Carmen Morales y otra. 31 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez.