Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 219297
Época: Octava Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 23/01/1992 00:00
CONYUGE CULPABLE, QUE DEBE ENTENDERSE POR.

Por "cónyuge culpable " debe entenderse, precisamente aquel que motiva, origina o da lugar a la causal establecida por la ley para la disolución del vínculo matrimonial.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.

Amparo directo 638/91. Roberto Aguilar Maldonado. 23 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perulles Flores.