Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 219320
Época: Octava Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 08/01/1992 00:00
EJIDO. PUBLICACION DE LA SOLICITUD DE AMPLIACION.

Si en un procedimiento de ampliación de ejido ya fueron designados los miembros del Comité Particular Ejecutivo, es claro que el núcleo de población solicitante fue inspeccionado y cumplió con los requisitos establecidos por los numerales 195 y 196 de la Ley de Reforma Agraria, y por tanto no existe impedimento alguno para que se mande publicar la solicitud de ampliación de ejido en términos del artículo 272 del ordenamiento legal citado.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo en revisión 545/91. Comité Particular Ejecutivo del Poblado de Jiliapan, Municipio de San José Acateno, exdistrito de Teziutlán, Puebla. 8 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.