Si el protesto no se notifica a los interesados en el documento que se protestó, cuando la diligencia no se practique con ellos, el documento se perjudica, y el tenedor pierde sus derechos contra los endosantes.
Recurso de súplica 82/22. Roche Joaquín. 12 de junio de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.