Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 280860
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 18/06/1928 00:00
SUSPENSION EN MATERIA PENAL.

Como se otorga sin perjuicio del procedimiento, el Juez de la causa puede continuar sus diligencias, y la devolución del procesado a la autoridad que los juzga, sólo puede realizarse por el Juez de Distrito, cuando se pronuncie sentencia definitiva que niegue el amparo.

Queja en amparo penal 73/28. Juez Numerario de Distrito de Chihuahua. 18 de junio de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.