Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 219906
Época: Octava Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 16/01/1992 00:00
REVISION, RECURSO DE. INTERPUESTO POR UN ADMINISTRADOR HONORARIO DEL FUNDO LEGAL. (LEGISLACION DEL ESTADO DE DURANGO).

Debe desecharse el recurso de revisión interpuesto por un administrador del fundo legal, quien pretende acreditar la representación de este último con un nombramiento que con carácter de honorario le fue expedido por parte del Secretario General de Gobierno del Estado de Durango, limitando sus facultades a funciones administrativas internas, como lo viene a ser, el de elaborar las solicitudes de lotes en dicho fundo legal, sin conferirle, de acuerdo a alguna disposición legal, facultades de representación para la defensa del multicitado fundo.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Amparo en revisión 194/91. José Ignacio Iriondo Erreguerana. 16 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretario: Homero Fernando Reed Ornelas.