Si el que pretende derivar derechos de un contrato, no prueba la personalidad de quienes con él contrataron, o cuando, de los términos en que está concebido, no puede venirse en conocimiento de cuál ha sido la intención o voluntad de los contratantes, resulta nulo lo pactado.
Amparo penal directo 2821/23. Herrera Rafael. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.