Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 280882
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/01/1900 00:00
SINE ACTIONE AGIS.

Esta excepción implica sencillamente la negación de la demanda, y el que niega no está obligado a probar, sino en el caso de que su negación envuelva la afirmación expresa de un hecho, o cuando al negar se desconoce la presunción legal que tiene a su favor el colitigante.

Amparo penal directo 2821/23. Herrera Rafael. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.