La propiedad de los bienes muebles (automotores) normalmente se transmite por compraventa, donaci贸n, permuta, herencia, pago de adeudo o inclusive prescripci贸n, mas no por endoso, pues 茅ste es una forma de transmisi贸n propia de los t铆tulos de cr茅dito y no de los autom贸viles, seg煤n se desprende del contenido de los art铆culos 26 y 33 de la Ley General de T铆tulos y Operaciones de Cr茅dito. Sin embargo, no escapa a la consideraci贸n de este alto tribunal la pr谩ctica comercial reiterada, de firmar al reverso de la factura de un autom贸vil, una vez que se ha concertado la compraventa; lo cual, si bien t茅cnica y legalmente no constituye un endoso mercantil, en cambio, conforme al uso comercial, constituye un indicio de la cesi贸n de derechos o compraventa, seg煤n haya sido la operaci贸n concertada. Esta circunstancia, aunada al hecho de que el veh铆culo se encontr贸 en posesi贸n del quejoso, adquiere particular relevancia si se toma en consideraci贸n que conforme al art铆culo 798 del C贸digo Civil, la posesi贸n da la presunci贸n de ser propietario a quien la detenta, por lo que adminiculados ambos elementos de convicci贸n puede concluirse el inter茅s jur铆dico del solicitante del amparo para defender la propiedad del automotor.
Amparo en revisi贸n 1125/95. Alejandro Luis Jaime Nualart Hern谩ndez. 16 de enero de 1997. Unanimidad de diez votos. Ausente: Jos茅 Vicente Aguinaco Alem谩n. Ponente: Mariano Azuela G眉itr贸n. Secretario: Francisco J. Sandoval L贸pez.
El Tribunal Pleno, en su sesi贸n privada celebrada el cuatro de marzo en curso, aprob贸, con el n煤mero XL/1997, la tesis aislada que antecede; y determin贸 que la votaci贸n es id贸nea para integrar tesis jurisprudencial. M茅xico, Distrito Federal, a cuatro de marzo de mil novecientos noventa y siete.
Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicci贸n de tesis 14/2017 en la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de presidencia de 19 de enero de 2017.