Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 199543
Época: Novena Época
Materia(s): Civil
Tesis: VIII.2o. J/11
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Jurisprudenciales
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/01/2022 00:00
REPRESENTANTE LEGAL, LOS ACTOS QUE CONOCE COMO PERSONA FISICA, ES LOGICO QUE TAMBIEN LOS CONOZCA COMO.

Si el quejoso conoció los actos reclamados como persona física, no está en aptitud de alegar desconocimiento de éstos, cuando tiene la representación legal de quien solicita la protección constitucional.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Amparo en revisión 363/92. Jesús Antonio Flores Dovalina y otro (Recurrente: Banco Nacional del Pequeño Comercio, S.N.C.). 17 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Ibarrola González. Secretaria: Arcelia de la Cruz Lugo.


Amparo en revisión 375/92. Ventas Organizadas de La Laguna, S.A. de C.V. 19 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Rodríguez Olmedo. Secretario: Antonio López Padilla.


Amparo en revisión 591/95. Central de Mantenimiento Eléctrico de Durango, S.A. de C.V. 15 de febrero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Elías H. Banda Aguilar. Secretaria: Elda Mericia Franco Mariscal.


Amparo en revisión 50/96. Fernando Ramírez Robles. 20 de marzo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Camacho Reyes. Secretario: Alberto Caldera Macías.


Amparo en revisión 569/96. Víctor Iván Talavera Sandoval. 21 de noviembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio López Padilla, en funciones de Magistrado por ministerio de ley.


Nota: Por ejecutoria del 26 de enero de 2022, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 188/2020, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.