Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 282649
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/01/1900 00:00
SENTENCIAS CIVILES.

Se ocuparán exclusivamente de las acciones deducidas y de las excepciones opuestas, respectivamente, en la demanda y en la contestación, y cuando sean varios los puntos litigiosos, harán la declaración correspondiente a cada uno de ellos, con la debida separación. Dichas sentencias deberán ser conformes a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de éstas, se fundarán en los principios generales de derecho.

Amparo civil directo 2299/23. Saro Hermenegildo. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.