Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 26/01/2022
Tesis
Registro digital: 204688
Época: Novena Época
Materia(s): Laboral
Tesis: X.1o.6 L
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/01/2022 00:00
TESTIGO UNICO. REQUISITOS QUE DEBE REUNIR PARA FORMAR CONVICCION.

De conformidad con el artículo 820 de la Ley Federal del Trabajo, un solo testigo podrá formar convicción si en el mismo concurren circunstancias que sean garantía de veracidad que lo hagan insospechable de falsear los hechos sobre los que declara, y si "I. Fue el único que se percató de los hechos." Por tanto, si se ofrecen tres testigos y la prueba se desahoga sólo en cuanto a uno de ellos, como no fue el único que se percató del hecho que se pretendía probar, su declaración no puede formar convicción por no satisfacer el requisito que señala la fracción I del artículo antes señalado.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.

Amparo directo 244/95. George Cruz Morales. 25 de mayo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Leonardo Rodríguez Bastar. Secretario: Jorge Rivera Hernández.


Nota: Por ejecutoria del 26 de enero de 2022, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 188/2020, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.