Sus veredictos son inatacables, por expresa disposición de la ley, pudiendo el tribunal de apelación, entrar solamente al estudio de la aplicación de la pena, sobre la base establecida por el veredicto.
Amparo penal directo 1802/25. Acosta o Jandete Juan. Unanimidad de diez votos. El Ministro Francisco M. Ramírez, no votó por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.