En los casos de dotación de ejidos, debe tomarse en cuenta la existencia de plantíos de caña de azúcar, para el efecto de exceptuar de la dotación, a los terrenos ocupados por ellos.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Escandón Pablo. 4 de julio de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.