Dos requisitos son indispensables para que se revoque la libertad caucional; que la orden de presentación sea legal, y que la notificación o notificaciones respectivas se hayan hecho en la forma que la ley previene.
Amparo penal en revisión. Espinoza García David y coagraviado. 24 de julio de 1924. Unanimidad de diez votos. Excusa: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.