La Ley del Timbre al determinar que en todo entero que por cualquier título se haga en las oficinas recaudadoras de los Estados y Municipios, la contribución federal, se refiere incuestionablemente, a enteros hechos con el carácter de impuestos, y los que no tengan ese objeto, no pueden ser gravados con la repetida contribución federal.
Amparo civil en revisión. Navarrete y V. Jesús y otros. 28 de julio de 1924. Mayoría de siete votos. Ausentes: Manuel Padilla y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.