Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 284312
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 30/07/1924 00:00
LIBERTAD CAUCIONAL.

Al promoverse el incidente de libertad caucional, de acuerdo con las prescripciones de la legislación local, el interesado debe justificar todas y cada una de las condiciones fijadas por la misma legislación, y si no lo hace, la negativa a conceder esa libertad, no importa violación legal.

Queja en amparo penal. Yokoyama Salvador I. 30 de julio de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicacion no menciona el nombre del ponente.