Si al dictarlas no se cumple con todas las prevenciones relativas de la Ley de 6 de Enero de 1915, reglamento y circulares con ella relacionados, tal hecho importa una violación de garantías.
Amparo administrativo en revisión. Menchaca José O. 7 de agosto de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.