Contra los procedimientos encaminados a la averiguación de los delitos, es improcedente conceder la suspensión, porque con ella se causarían los perjuicios a la sociedad.
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Fuente Parres Juan de la. 1o. de agosto de 1924. Mayoría de seis votos, por lo que hace al procedimiento y mayoría de nueve votos, en el sentido de conceder la suspensión con fianza, en cuanto a la incautación. Disidentes: Salvador Urbina, Leopoldo Estrada, Francisco Ramírez, Teófilo H. Orantes, y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.