El exceso o defecto de ejecución de la suspensión concedida y de las condiciones que en ésta deben remitirse, lejos de dejar sin materia al incidente, dan origen a los recursos establecidos por la ley, lo que demuestra la existencia del propio incidente.
Queja en amparo civil. Compañía Mercantil Internacional, S. A. 27 de agosto de 1924. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.