Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 284408
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 04/09/1924 00:00
LEY AGRARIA.

La Ley Agraria dispone que los pueblos que teniendo necesidad de ejidos, carezcan de ellos, podrán obtener que se les dote con el terreno suficiente, conforme a las necesidades de su población; y en su artículo 7o. expresa que la autoridad ante quien se presente la solicitud, oirá el parecer de la comisión local agraria, sobre la necesidad de dotación, y resolverá si procede, o no, concederla.

Amparo administrativo en revisión. Ortiz viuda de Berriozábal Adela y coagraviados. 4 de septiembre de 1924. Mayoría de diez votos. Disidente: Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.