Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n
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Tesis
Registro digital: 284422
脡poca: Quinta 脡poca
Materia(s): Penal
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n
Publicaci贸n: 11/09/1924 00:00
DEVOLUCION DE LA COSA ROBADA.

Al establecer el art铆culo 1030 del C贸digo Penal del Distrito Federal, que la pena, en el delito de peculado, se reducir谩 a la tercera parte, cuando el reo devuelva lo sustra铆do, antes de que recaiga una sentencia definitiva, el legislador tuvo en consideraci贸n, sin duda, dos fines: uno, que el acusado manifieste su arrepentimiento por el mal causado, reconociendo, al mismo tiempo, el derecho absoluto del fisco, sin limitaci贸n ni condici贸n ninguna; y otro, evitar p茅rdidas al fisco; m谩s si tal devoluci贸n se hace, no por el acusado, sino por su fiador, y en calidad de dep贸sito, no se est谩 en el caso de aplicar el referido art铆culo para reducir la pena.

Amparo penal en revisi贸n. Rocha Rogelio. 11 de septiembre de 1924. Mayor铆a de nueve votos. Disidente: Francisco D铆az Lombardo. La publicaci贸n no menciona el nombre del ponente