Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 284434
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 19/09/1924 00:00
VIAS PUBLICAS.

Es improcedente conceder la suspensión, contra los actos de las autoridades que tiendan a facilitar, hasta donde sea posible, las rápidas comunicaciones, en beneficio de la colectividad, abriendo nuevas vías.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Méndez Enrique y coagraviados. 19 de septiembre de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Francisco M. Ramírez y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.