No pueden ser consideradas como un testimonio que, legalmente, tenga fuerza bastante para invalidar el informe de las autoridades responsables en el amparo, lo que no sucedería si se tratara de una información rendida en la audiencia respectiva, o ante una autoridad judicial competente.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Valdés Flaquer Alejandro. 27 de septiembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.