Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 284485
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/10/1924 00:00
ACCION PENAL.

La persecución de los delitos incumbe al Ministerio Público y a la Policía Judicial, la cual quedará bajo la autoridad y mando de aquél; por tanto si el Ministerio Público no acusa, la resolución judicial que mande practicar nuevas diligencias para el esclarecimiento de los hechos, importa una violación al artículo 21 constitucional.

Amparo penal en revisión. Martín Alberto C. 1o. de octubre de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.