Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 284512
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 09/10/1924 00:00
FACULTAD ECONOMICOCOACTIVA.

La Corte ha establecido, en numerosas ejecutorias, que la facultad economicocoactiva para el cobro de los impuestos que se adeudan al fisco, no es inconstitucional.

Amparo administrativo en revisión. Velasco Carlos M. 9 de octubre de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Salvador Urbina y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.