El Reglamento de Construcciones de la Ciudad de México, está comprendido entre las disposiciones de interés público; por tanto, es improcedente conceder la suspensión, contra la aplicación de las disposiciones del mismo.
Amparo administrativo. Flores de Espino María de Jesús. 21 de octubre de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.