Las disposiciones legales que determinan qué debe entenderse por pequeña propiedad, para el efecto, de las dotaciones de ejidos, no tienen valor alguno, porque la Constitución Federal no faculta a las Legislaturas de los Estados, para ese fin.
Amparo administrativo en revisión. Pliego Pérez Antonio, sucesión de. 22 de octubre de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Leopoldo Estrada y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.