Es procedente concederle la protección federal, contra los actos en juicio en que no es parte, y que afecten sus propiedades, posesiones o derechos, sin que para ello sea necesario que tal persona entable juicio de tercería, antes de solicitar la protección federal .
Amparo civil en revisión. Ruz y Ruz Benito. 9 de febrero de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.